Infonavit inicia pruebas para asegurar a trabajadores de plataformas digitales

El Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) dio a conocer las Reglas de Carácter General para regular la participación obligatoria de empresas de plataformas digitales en la prueba piloto relacionada con el aseguramiento de personas trabajadoras.

El aviso, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 26 de junio de 2025, corresponde al seguimiento del decreto en materia de plataformas digitales, publicado en el mismo medio el 24 de diciembre de 2024, cuyo objetivo es reconocer la relación laboral bajo esta modalidad.

Esta publicación considera la vigilancia de que las plataformas digitales, en su calidad de patrones, realicen las aportaciones al Infonavit de acuerdo con el artículo 291-K, fracción VI de la Ley Federal del Trabajo (LFT).

También establece que el patrón deberá inscribirse y dar de alta a sus trabajadores ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y, por tanto, ante el Infonavit. Esto implica presentar avisos conforme a la legislación aplicable, determinar y pagar aportaciones, permitir inspecciones, así como atender requerimientos y cumplir con otras obligaciones previstas en la Ley del Infonavit y su reglamento.


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Las reglas establecen que las aportaciones corresponderán al 5% del salario base conforme a lo que determine el IMSS, y los pagos se deberán efectuar bimestralmente, quedando sujetos a actualización y recargos en caso de incumplimiento. 

Además, se detallan casos en los que, aunque el trabajador sea pensionado o se encuentre en continuación voluntaria en el IMSS, se deberá efectuar la aportación.

En los casos de personas trabajadoras independientes, el patrón quedará relevado del cumplimiento de las obligaciones patronales del ramo vivienda, conforme al artículo 291-C de la LFT. La publicación detalla que se considerará independientes a quienes presten servicios a través de plataformas digitales y al final de cada mes no alcanzan a generar ingresos netos mensuales equivalentes a por lo menos un salario mínimo mensual de la Ciudad de México, independientemente del tiempo efectivamente trabajado.

Los patrones deberán utilizar el Sistema Único de Autodeterminación (SUA), y el Infonavit podrá emitir propuestas informativas de determinación de aportaciones sin sustituir las facultades de verificación.

Finalmente, se indica que la obligación de realizar aportaciones subsiste hasta que se presente el aviso de baja, clausura o suspensión de actividades, y que seguirán aplicándose las disposiciones del RIPAEDI que no contravengan estas nuevas reglas.

Para conocer toda la información, puedes leer la publicación del DOF en este enlace.

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