IMSS e Infonavit para plataformas digitales: claves del nuevo esquema laboral
El 1 de julio de 2025 entró en vigor la prueba piloto para incorporar a trabajadores de plataformas digitales, como repartidores y conductores, al IMSS y al Infonavit.
Esta medida responde a una reforma publicada en diciembre de 2024 en el Diario Oficial de la Federación (DOF), cuyo objetivo es garantizar el acceso a la seguridad social a quienes prestan servicios mediante aplicaciones digitales.
Si bien representa un avance en materia de derechos laborales, también plantea retos operativos y técnicos tanto para las plataformas como para las autoridades.
Reconocimiento de una nueva relación laboral
Durante el webinar “Regulaciones de IMSS e Infonavit para plataformas digitales”, la C.P.C. Norma Robles Ulloa, de Robles Ulloa, asesores y contadores en nómina y capital humano, explicó que la reforma establece la creación del Capítulo 9 Bis en la Ley Federal del Trabajo.
Este capítulo está dedicado exclusivamente a las y los trabajadores de plataformas digitales y reconoce que existe una relación laboral subordinada, aunque mediada por tecnología y sin contacto directo entre patrón y trabajador.
Según lo dispuesto, el trabajo debe ser personal (sin posibilidad de delegación) y existir un vínculo de subordinación, que en este caso se manifiesta a través de instrucciones transmitidas mediante las plataformas tecnológicas.
Por otro lado, la flexibilidad y discontinuidad de las jornadas, así como el uso de herramientas propias por parte del trabajador (por ejemplo, su automóvil), son características distintivas de este modelo.
Requisitos y condiciones para ser considerado trabajador digital
Para ser reconocido como trabajador bajo esta figura, es necesario cumplir con un ingreso mensual neto mínimo equivalente al salario mínimo vigente en la Ciudad de México, estimado en 8,364 pesos.
Si el ingreso es menor, se considera a la persona como trabajador independiente y podrá optar por su incorporación voluntaria al régimen obligatorio mediante la modalidad 10 del IMSS.
Además, la relación laboral se mide por el tiempo efectivamente conectado y no por días laborados. Se requiere que exista un contrato por escrito —que puede firmarse digitalmente— y que esté registrado ante el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral.
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Nuevas reglas para el cálculo de ingresos y prestaciones
A diferencia del esquema tradicional, los ingresos que reciben los trabajadores digitales incluyen ya de forma proporcional los pagos correspondientes a vacaciones, prima vacacional, aguinaldo y horas extras. Por ejemplo, el costo de un viaje ya considera estos conceptos, por lo que no generan derechos adicionales.
En el caso de la Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU), se genera el derecho siempre que el trabajador haya laborado al menos 288 horas efectivas al año.
Obligaciones patronales y esquema de afiliación
Las plataformas digitales están obligadas a registrar a sus trabajadores en el IMSS y en el Infonavit. Para ello, deben tramitar un registro patronal, que puede ser único a nivel nacional o por cada entidad federativa. Además, es necesario emitir recibos de pago semanal y llevar el control de horas trabajadas.
El esquema de inscripción prevé altas masivas con el ingreso mínimo requerido y, al cierre de mes, la posibilidad de ajustar salarios o dar de baja a quienes no cumplieron con el umbral de ingreso. Estos movimientos deben realizarse dentro de los cinco días naturales siguientes al fin de cada mes.
El salario base de cotización se calcula dividiendo el ingreso mensual entre los días calendario del mes, sin considerar el tiempo efectivo laborado. A partir del día 10 de cada mes, el IMSS enviará una propuesta de pago de cuotas, la cual deberá cubrirse antes del día 17. Si existen errores en la liquidación, los patrones deberán corregirlos en ese mismo periodo.
Enfoque en plataformas de transporte y mensajería
La prueba piloto está dirigida a plataformas digitales clasificadas en la división económica 7 del IMSS, correspondiente al transporte y comunicaciones. Específicamente, se contempla a servicios como transporte de pasajeros (fracción 711) y mensajería o paquetería (fracción 755). Esto excluye a plataformas de alojamiento como Airbnb.
Los trabajadores que sufran un riesgo de trabajo, aunque no cumplan con el ingreso mínimo mensual, continuarán inscritos y cotizando bajo este régimen especial.
Consideraciones sobre el Infonavit y pensiones
Para efectos del Infonavit, las reglas siguen en línea con las del IMSS. Las aportaciones se pagan de manera bimestral y continúan vigentes hasta que se presente formalmente el aviso de baja. También se aclara que los pensionados no verán afectada su pensión si prestan servicios mediante plataformas digitales.
Por otra parte, si una persona trabaja en más de una plataforma o ya está registrada con otro patrón, puede tener múltiples registros patronales sin que ello afecte sus derechos.
El ingreso total que perciba sí influirá en el cálculo para pensión, aunque no aumentará el número de semanas cotizadas por duplicidad de empleadores.
Operatividad en revisión
La prueba piloto tendrá una duración de 180 días naturales, por lo que se espera que sus resultados se den a conocer el 21 de diciembre de 2025.
En función de su efectividad, podrían implementarse reformas definitivas o realizarse ajustes operativos. Por ahora, las plataformas tienen la obligación de registrar a sus trabajadores y cumplir con las reglas vigentes.
Según Robles Ulloa, aunque las disposiciones parecen sencillas en papel, su operatividad dependerá del funcionamiento del SUA, la recepción de avisos afiliatorios y el cumplimiento de los plazos establecidos por parte de las autoridades.
También señaló que, si bien existen voces críticas sobre la clasificación de estos trabajadores como subordinados, la intención principal es brindar acceso a la seguridad social a quienes históricamente han estado fuera del sistema formal.
Si quieres conocer más información, puedes mirar el webinar completo en este enlace.

