Nómina 2026: Seis aspectos que debes considerar
El inicio de 2026 trajo consigo diversos ajustes en materia de nómina que impactan directamente el cálculo, la cotización y el timbrado de los CFDI.
Estos cambios abarcan actualizaciones en salarios mínimos, la Unidad de Medida y Actualización (UMA), topes de cotización ante el IMSS, tratamiento fiscal de percepciones y nuevas claves de timbrado.
Es importante que las empresas conozcan estos elementos para asegurar el cumplimiento de las obligaciones laborales, fiscales y de seguridad social.
Salario mínimo 2026 y la cotización al IMSS
Durante el webinar Recomendaciones para el timbrado de nómina 2026, la C.P.C. Norma Robles, de Robles Ulloa, asesores y contadores en nómina y capital humano, explicó que para este año, los montos del salario mínimo diario son de $440.87 pesos para la zona libre de la frontera norte y $315.04 pesos para la zona general.
En materia de seguridad social, la cotización mínima no puede ser inferior a estos montos, según su área geográfica correspondiente, sumado con el factor de integración mínimo.
Tomando esto en cuenta y considerando prestaciones de ley mínimas —12 días de vacaciones, 15 días de aguinaldo y 25 % de prima vacacional—, el salario base de cotización mínimo es de $330.00 para la zona general y $462.60 para la región fronteriza.
UMA 2026: vigencia, montos y efectos
La Unidad de Medida y Actualización (UMA) para 2026 entra en vigor el 1 de febrero, con un valor diario de $117.31.
En materia de IMSS, el salario base de cotización tiene un tope máximo de 25 UMA. En enero de 2026, el tope máximo diario es de $2,828.50 pesos, sin embargo, a partir de febrero el tope se incrementa a $2,932.75 pesos.
Los trabajadores que perciban ingresos iguales o superiores a este tope deben tener una modificación de salario con fecha del 1 de febrero, considerando percepciones fijas.
Con la actualización de la UMA también se modifican diversos límites de exención establecidos en la Ley del Seguro Social y en materia fiscal:
Despensa: exenta hasta el 40 % del valor diario de la UMA, equivalente a $46.92 diarios o $328.47 semanales.
Comedor: para que no integre al salario base de cotización, el trabajador debe cubrir al menos el 20 % del valor diario de la UMA, es decir, $23.46 diarios o $164.23 semanales.
Aguinaldo: exento hasta 30 UMA, equivalente a $3,519.00.
Prima vacacional: exenta hasta $15,759.00.
Prima dominical: exenta por el equivalente a una UMA por cada prima dominical laborada.
Jornadas y semanas reducidas con múltiples patrones
Robles señaló que existen reglas específicas cuando un trabajador labora con dos o más patrones bajo esquemas de jornadas o semanas reducidas. En estos casos, pueden generarse cotizaciones en exceso cuando:
La suma de los ingresos no alcanza el salario mínimo.
La suma de los ingresos supera el tope máximo de 25 UMA.
La Ley del Seguro Social permite aplicar una cotización proporcional al salario mínimo o al tope máximo, siempre que exista una autorización previa del IMSS. Este procedimiento implica presentar una solicitud formal y, una vez autorizada, aplica para todos los patrones involucrados.
Actualización de tablas de ISR para 2026
Debido a que la inflación acumulada entre 2023 y 2025 fue del 13 %, se actualizaron las tablas de ISR aplicables a partir de enero de 2026.
Los límites inferiores, superiores y cuotas fijas se incrementaron en ese porcentaje, mientras que las tasas permanecieron sin cambios, con un rango de 1.92 % a 35 %.
Este ajuste genera un ahorro en la retención de ISR, especialmente para trabajadores con ingresos cercanos al salario mínimo y hasta tres salarios mínimos.
La especialista indicó que no se realiza retención a quienes, en el mes, perciban un ingreso equivalente a un salario mínimo general. Esto no se refiere al salario diario, sino al ingreso total mensual.
Para efectos del IMSS, el patrón debe absorber la cuota obrera únicamente cuando el salario diario del trabajador sea exactamente el salario mínimo del área geográfica correspondiente.
Cambios en el timbrado de nómina
A partir de 2026 se incorporan nuevas claves de percepción:
Días de descanso trabajados
Días festivos trabajados
Estos conceptos sustituyen su registro previo en “otros ingresos” y permiten una clasificación más precisa para efectos fiscales y de seguridad social.
El concepto 038 – Otros ingresos por salarios queda limitado exclusivamente a ingresos gravados. Si se intenta incluir un monto exento, el timbrado será rechazado. Todos los importes registrados bajo esta clave se integran al salario base de cotización y facilitan la fiscalización por parte del IMSS.
Importancia de la correcta clasificación de percepciones
Robles comentó que cada percepción exenta cuenta con su propia clave específica. Premios de asistencia, puntualidad, despensa y horas extra deben timbrarse correctamente y contar con documentación soporte que acredite su otorgamiento. De lo contrario, aun cuando se timbren como exentos, pueden considerarse integrables para efectos de seguridad social.
Los ajustes aplicables en 2026 en materia de nómina implican cambios importantes. La correcta aplicación de estas disposiciones permite evitar errores en los cálculos y cumplimiento de obligaciones, además de reducir riesgos ante revisiones del IMSS y autoridades fiscales.
Si quieres conocer más información, consulta la grabación del webinar en este enlace.

