Jornada laboral de 40 horas: dictamen pasa al Pleno del Senado

El Senado de la República avanzó en la reforma constitucional para reducir la jornada laboral en México. Las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, Estudios Legislativos y de Trabajo y Previsión Social aprobaron el dictamen por unanimidad y con ello pasará a discutirse en el pleno.

La propuesta contó con 48 votos a favor para reformar el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para establecer una jornada laboral de 40 horas semanales.

El proyecto contempla un artículo transitorio que fija la disminución progresiva de la siguiente forma:

2026: 48 horas

2027: 46 horas

2028: 44 horas

2029: 42 horas

2030: 40 horas

El dictamen mantiene la disposición de que las personas trabajadoras tendrán derecho a un día de descanso con goce de salario íntegro por cada seis días de trabajo, como se tiene actualmente en la ley.

Las horas extraordinarias

Cuando se incremente la jornada laboral por circunstancias extraordinarias, el tiempo adicional deberá pagarse con un 100% más sobre el salario ordinario.

Además, las horas extra no podrán exceder de 12 horas semanales, distribuidas en hasta cuatro horas diarias durante un máximo de cuatro días. Si se rebasa ese límite, la persona empleadora deberá pagar un 200% adicional sobre el salario correspondiente a las horas ordinarias.

Además, con lenguaje inclusivo, se señaló en el texto constitucional que las personas menores de 18 años no podrán laborar tiempo extraordinario.

Lo que sigue

El presidente de la Junta de Coordinación Política, Ignacio Mier Velazco, informó que el proyecto será abordado en el Pleno del Senado en la sesión del 11 de febrero de 2026 y señaló que se prevé respaldo multipartidista.

De aprobarse en el Pleno, la propuesta pasaría a discutirse en la Cámara de Diputados, primero en comisiones y posteriormente en el pleno. Si obtiene el visto bueno, pasaría al análisis de los congresos locales de todos los estados y si obtiene el respaldo de la mitad más uno, se enviaría al Ejecutivo para su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y entrada en vigor.

Con información del Senado.

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