Fiscalización del IMSS: esquemas irregulares detectados en seguridad social 

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) ha identificado diversas prácticas fiscales indebidas usadas por patrones para reducir las cuotas y aportaciones de seguridad social.

Las revisiones al cumplimiento en esta materia se han fortalecido, por lo que es importante que las empresas eviten estos esquemas para no afectar los derechos de las y los trabajadores y ser acreedoras de sanciones.

Durante el webinar “Prácticas fiscales indebidas en Seguridad Social”, la C.P.C. Norma Robles, de Robles Ulloa asesores y contadores en nómina y capital humano, reiteró que la base para determinar las cuotas y aportaciones de seguridad social es el Salario Base de Cotización (SBC). 

En cualquier revisión o auditoría, este concepto es el que se analiza con mayor profundidad, ya que de él dependen los recursos que reciben las instituciones públicas para cumplir sus objetivos.

Las prácticas indebidas surgen cuando se diseñan prestaciones con la finalidad de no generar una mayor carga tributaria a las empresas, logrando una exención indebida en el SBC. 

Entre ellas se encuentra el establecimiento de fondos de planes de pensiones que realmente no cumplen con el fin de complementar el ingreso al retiro

La autoridad ha detectado esquemas donde el trabajador extrae periódicamente recursos de estos fondos mientras mantiene su relación laboral. Aunque se registren en contabilidad o se timbren como "plan de pensiones", si el ingreso se entrega de forma periódica antes del retiro, se considera una práctica fiscal indebida y la partida debe integrar al salario. 

Respecto a la Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU), se pierde su naturaleza no integrable si supera los montos establecidos o se paga fuera de los plazos legales. Asimismo, los anticipos de PTU sin conocer el resultado fiscal de la declaración anual son considerados gratificaciones que deben integrar al SBC.

Por otro lado, los bonos de productividad siempre deben agregarse a la cotización, independientemente de si se pagan en dinero o en especie (como despensa o tarjetas de regalo). Utilizar a terceros para evaluar y pagar estos bonos con el fin de evitar su integración también es catalogado como una práctica indebida.

Implementar esquemas irregulares puede configurarse como delito de defraudación fiscal, con sanciones que incluyen multas y penas de prisión. Además, las consecuencias no solo recaen sobre los patrones, también pueden ser responsables:

  • Asesores y consultores

  • Empresas que diseñan los esquemas

  • Contadores que emiten dictámenes

Las empresas deben revisar cuidadosamente sus contratos, registros contables y esquemas de compensación para asegurar que cumplen con los requisitos legales de no integración. 

Como advierte la especialista, el uso de esquemas que simulan prestaciones para evadir contribuciones no solo conlleva riesgos financieros, sino que puede derivar en consecuencias legales graves para los patrones y sus asesores.

Si quieres saber más sobre este tema, accede a la grabación del webinar en este enlace.

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