Publica STPS disposiciones para regular aplicación de la “Ley Silla”
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la normativa que reglamenta la “Ley Silla”, la cual busca garantizar condiciones mínimas de descanso para las personas trabajadoras que permanecen de pie durante su jornada laboral.
Estas disposiciones están dirigidas al sector servicios, comercio, centros de trabajo análogos y establecimientos industriales (cuando la naturaleza del trabajo lo permita), estableciendo la obligación de proveer asientos o sillas con respaldo a quienes desempeñen actividades.
Antecedentes de la reforma
El 19 de diciembre de 2024 se publicó en el DOF el decreto que reformó diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo para establecer esta obligación.
La entrada en vigor fue el 17 de junio de 2025 y, conforme al Segundo Transitorio del decreto, la STPS tenía un plazo de 30 días naturales para emitir las disposiciones reglamentarias, el cual se cumplió con esta publicación cuyo objetivo es identificar y prevenir factores de riesgo relacionados con la bipedestación.
En ese tenor, la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y la Organización Mundial de la Salud (OMS) han señalado que la exposición prolongada a la postura de pie puede tener consecuencias para la salud, incluyendo fatiga, dolor muscular, trastornos musculoesqueléticos y problemas cardiovasculares.
En México, la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo 2022 estimó que en tiendas departamentales y de servicio trabajan cerca de 896,000 personas, de las cuales el 52% son mujeres, muchas de ellas en tareas que exigen mantenerse de pie.
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Contenido de las disposiciones
El documento publicado señala que el objetivo es establecer los requisitos mínimos para que las personas empleadoras proporcionen sillas o asientos con respaldo adecuados a quienes realizan actividades de pie.
Entre las obligaciones de las personas empleadoras se señalan:
Evaluar y documentar los riesgos laborales vinculados con estar de pie.
Determinar el nivel de riesgo individual y colectivo.
Proporcionar sillas o asientos adecuados con características ergonómicas.
Implementar medidas como el rediseño de estaciones de trabajo, rotación de tareas, uso de calzado ergonómico, superficies antifatiga y pausas activas.
Informar y capacitar al personal sobre los riesgos y las medidas adoptadas.
Canalizar a personal para atención médica si presentan molestias relacionadas con su postura.
Por otro lado, entre las obligaciones de las personas trabajadoras se encuentran:
Brindar la información necesaria para determinar las características del asiento o silla con respaldo correcto.
Participar en el uso adecuado del mobiliario proporcionado.
Reportar anomalías y colaborar con la conservación de las condiciones de seguridad.
Someterse a los exámenes médicos que correspondan.
Entrada en vigor
Las disposiciones entraron en vigor el 17 de julio de 2025, a un mes de la implementación formal de la reforma laboral, y es la STPS la encargada de supervisar su cumplimiento.
Con estas disposiciones, la autoridad busca reducir los riesgos asociados a la postura prolongada de pie en los centros de trabajo, promoviendo condiciones laborales que favorezcan la salud y el bienestar de las personas trabajadoras.
Las empresas deben cumplir con los nuevos lineamientos, integrando estas obligaciones en sus programas de seguridad y salud laboral. El cumplimiento no solo es una obligación legal, sino también un paso hacia entornos de trabajo más seguros y funcionales.
Para conocer el contenido completo de las disposiciones, puedes leer aquí la publicación del DOF.

