Poder Judicial declara “inconstitucional” la sobretasa de 1.25% al ISRTP en BC

El Poder Judicial de la Federación en Baja California declaró inconstitucional la sobretasa de 1.25% al Impuesto Sobre Remuneraciones al Trabajo Personal (ISRTP) promovida por el gobierno estatal y avalada por el congreso local.

La decisión se dio el viernes 31 de marzo de este año por el Juzgado Decimosegundo de Distrito en Materia de Amparo y de Juicios Federales en el Estado de Baja California, luego de que el Poder Judicial emitiera la sentencia a un amparo.

El Poder Judicial de la Federación en Baja California declaró inconstitucional la sobretasa de 1.25% al Impuesto Sobre Remuneraciones al Trabajo Personal (ISRTP) promovida por el gobierno estatal y avalada por el congreso local.

El recurso fue promovido en contra de la sobretasa al ISRTP del 1.25% contemplada en el Decreto 165 publicado el 27 de octubre de 2022 en el Periódico Oficial del Estado.

En la explicación de la sentencia, el Poder Judicial argumenta que esta sobretasa resulta inconstitucional pues los argumentos presentados para su implementación son insuficientes al resultar genéricos y no detallar acciones concretas.

“Únicamente se expusieron argumentos genéricos en el sentido de fortalecer y mejorar la seguridad pública ciudadana en relación al índice delictivo presentado en la Entidad, así como el mejoramiento de vialidades para facilitar el tránsito de mercancías y de personas, lo cual no satisface la exposición de consideraciones específicas destinadas a justificar la razonabilidad de la imposición de la ‘tasa adicional’ o ‘sobretasa’ para satisfacer el fin extrafiscal que persigue”, señala el documento.

También se argumentó que el porcentaje establecido para la recaudación no está debidamente justificado dado que no explica por qué el presupuesto ya asignado para estas labores resulta insuficiente y solamente se señala que la tasa permitiría el ingreso en los meses respectivos (noviembre- diciembre) la cantidad de 307 millones de pesos para cumplir con el Plan de Desarrollo Urbano.

“No se inadvierte que el fortalecimiento de la seguridad pública y la infraestructura en el Estado es un rubro importante que debe atenderse, pues ello impulsa el desarrollo comercial y de movilidad en la sociedad y permite la protección de la ciudadanía; empero, la circunstancia de que aquel rubro solo se mencione como fin extrafiscal, sin justificarlo debidamente en la norma impugnada (o bien, durante el proceso legislativo correspondiente), torna inconstitucional la sobretasa que en esta vía se reclama”, indicó el Poder Judicial.

Por ello, se ordenó que al quejoso ya no se le aplique la sobretasa durante su vigencia y además se le devuelvan los recursos que aportó anteriormente por este concepto.

Antecedentes

La tasa base del impuesto sobre nómina en Baja California es de 1.80%. Sin embargo, en 2020 entró en vigor la primera sobretasa de 1.20%, lo que sumaba un 3% total de impuesto.

Con el Decreto 165 publicado el 27 de octubre de 2022, se agregó la nueva sobretasa de 1.25% y desde noviembre de 2022 que entró en vigor pasó a ser de un total de 4.25%.

El gobierno de Baja California publicó el 1 de noviembre en el Periódico Oficial del Estado una exención del pago de sobretasa para todas las empresas y personas físicas con actividad empresarial que tuvieran hasta 50 empleados en el estado.

Sin embargo, el 17 de febrero de 2023 se publicó un nuevo decreto en el Periódico Oficial del Estado de Baja California que modifica el criterio para exentar la nueva sobretasa y agrega que la base gravable mensual del contribuyente no debe rebasar el importe de 468 mil 615 pesos.



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